Radicada01/02/2025
Autor(es): José Luis Dalmau Santiago
Título: Para crear la “Ley Para Incentivar a los Profesionales de Salud en Puerto Rico”; establecer definiciones; exenciones; adoptar reglamentación; y para otros fines.
Radicada01/02/2025
Autor(es): José Luis Dalmau Santiago
Título: Para establecer la “Ley de Transparencia y Salud Fiscal en el Uso de Fondos Federales”; establecer el Comité Ejecutivo de Monitoreo y Fiscalización del uso de fondos federales asignados al Estado Libre Asociado; establecer las facultades y las responsabilidades de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa; establecer las responsabilidades de las entidades gubernamentales recipientes de fondos federales; y para otros fines relacionados.
Radicada01/02/2025
Autor(es): José Luis Dalmau Santiago
Título: Para crear el Negociado de Mercados y Competencia, adscrito al Departamento de Asuntos del Consumidor, con autonomía fiscal, programática y administrativa a los fines de garantizar, preservar y promover el correcto funcionamiento del comercio, así como la transparencia y la existencia de una competencia efectiva en todos los mercados y sectores productivos en beneficio de los consumidores y usuarios; eliminar la Oficina de Asuntos Monopolísticos del Departamento de Justicia de Puerto Rico; disponer para la transición hacia la integración de dicha Oficina al Negociado; establecer los poderes, y prerrogativas del mismo; enmendar los Artículos 3, 5, 15, 16, 17, 19 y 23 de la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Radicada01/02/2025
Autor(es): José Luis Dalmau Santiago
Título: Para enmendar el inciso 3 del Artículo 2 de la Ley 141-2008 a los fines de establecer el requerimiento de que exista un Desfibrilador Externo Automático en todos los establecimientos privados en el país.
Radicada01/02/2025
Autor(es): José Luis Dalmau Santiago
Título: Para crear la “Ley para la Inmunización de jóvenes de dieciocho (18) años en adelante” con el propósito de reconocer el derecho y la capacidad de los jóvenes de dieciocho (18) años en adelante a recibir servicios médicos relacionados a orientaciones, consultas y consentimiento para la administración de vacunas sin el requerimiento de estar acompañados o autorizados por sus padres, tutores o encargados; y para otros fines relacionados.
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
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