Radicada01/10/2025
Autor(es): Nitza Moran Trinidad
Título: Para añadir un nuevo Artículo 1.86-A y enmendar el Artículo 6.19 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", con el propósito de prohibir el estacionamiento de vehículos de motor en un espacio que sirva como punto de recarga de vehículos impulsados mayormente por electricidad, salvo que el vehículo ahí estacionado se encuentre conectado y en uso del dispositivo de carga; definir qué es un "Punto de Recarga de Vehículos Impulsados Mayormente por Electricidad", para efectos de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Radicada01/10/2025
Autor(es): Nitza Moran Trinidad
Co-Autor(es): Héctor G. González López, Karen M. Román Rodríguez, Jeison Rosa Ramos
Título: Para enmendar la Sección 3030.16 de la Ley 1-2011, segrin enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico", con el propósito de establecer que, todo automóvil, embarcación y equipo pesado del Gobiemo de los Estados Unidos de América y del Gobierno de Puerto Rico que sea vendido en subasta pública estará sujeto al pago del arbitrio establecido por esta Ley, exceptuando aquellos automóviles, embarcaciones o equipos pesados con diez (10) años o más de haber sido adquiridos por estos, los cuales no estarán sujetos al pago del referido arbitrio; proveer para que el Secretario de Hacienda establezca mediante reglamento, determinación administrativa, carta circular o boletin informativo de carácter general, la forma en que se aplicarán las disposiciones de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Radicada01/10/2025
Autor(es): Nitza Moran Trinidad
Título: Para enmendar los Artículos 10 y 20 de la Ley 70-1992, según enmendada, conocida como "Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico", con el propósito de facultar al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico a reestructurar la forma y manera en que otorgara las aportaciones econ6micas a ser concedidas a las entidades privadas de la industria de reciclaje y a empresas comunitarias para la compra de equipo utilizado en el recogido, almacenaje, procesamiento o transportación de material reciclable o para la construcción de instalaciones de reciclaje, a los fines de clarificar que estas provendrán de alguno de los programas con los que cuenta la institución financiera, ya sean estos subvencionados con fondos federales u otros que se encuentren disponibles al momento de solicitarse; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.
Radicada01/10/2025
Autor(es): Nitza Moran Trinidad
Título: Para enmendar los Artículos 2, 8, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 18 y 19 de la Ley 75-1995, según enmendada, conocida como la "Ley Especial para la Rehabilitación de Rio Piedras", con el fin de extender la vigencia de ciertos incentivos contributivos otorgados, mediante dicha Ley, hasta el 31 de diciembre de 2030; proveer para que los dueños o encargados de los negocios o industrias beneficiados por esta Ley, deban, anualmente, recibir una orientación de parte de los representantes del sector comercial de la Junta Comunitaria del Casco Urbano de Rio Piedras y CAUCE, sobre la importancia de la integración comunitaria y el rol de los grupos comunitarios en el desarrollo económico; establecer que aquellos empleados públicos que tramitan, evalúan, aprueban o deniegan los incentivos aquí dispuestos, se les brinden, periódicamente, capacitaciones o adiestramientos sobre la aplicación y el contenido de esta Ley; instituir mecanismos que faciliten y expediten el proceso de otorgación de incentivos; realizar enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
Radicada01/10/2025
Autor(es): Nitza Moran Trinidad
Título: Para enmendar los artículos 1 y 2, suprimir los artículos 3 y 4, reenumerar los artículos 5 y 6, como los artículos 3 y 4, y a su vez enmendarlos, suprimir los artículos 7 y 8, reenumerar el Artículo 9, como Artículo 5, y a su vez enmendarlo, suprimir los artículos 10, 11 y 12, reenumerar el Artículo 13, como Artículo 6, y a su vez enmendarlo, añadir unos nuevos artículos 7, 8 y 9, suprimir los artículos 14, 15, 16 y 17, y reenumerar el Artículo 18, como Artículo 10, en la Ley Núm. 12 de 10 de diciembre de 1975, según enmendada, mediante la cual se autorizó al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas, a vender, permutar o gravar los terrenos propiedad del Gobierno de Puerto Rico, así como los edificios gubernamentales que dejaron de ser de utilidad pública, a los fines de consolidar en la figura del antes mencionado funcionario, toda gestión encaminada a disponer de la propiedad perteneciente al Estado; flexibilizar los procesos establecidos para disponer de la propiedad pública o el arrendamiento de esta, si dichas transacciones tienen el efecto de reactivar el mercado de bienes raíces en Puerto Rico; crear un denominado “Inventario Digital de Propiedades Públicas”, que contendrá información detallada sobre los terrenos y las estructuras e inmuebles custodiados o pertenecientes y administrados por el Gobierno de Puerto Rico, que permita manejar la información y el acceso rápido a los datos, el cual servirá como herramienta de trabajo para la toma de decisiones relacionadas con la administración y disposición de los bienes públicos; y proveer los recursos económicos necesarios para hacer cumplir las disposiciones de esta Ley; derogar la Ley 235-2014, mediante la cual se creó la “Junta Revisora de Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, por ser esta Ley una inoficiosa; suprimir el Capítulo 5, y reenumerar los capítulos 6, 7, 8, 9 y 10, como los capítulos 5, 6, 7, 8 y 9, respectivamente, y reenumerar los artículos del 6.01 al 10.06, como los artículos del 5.01 al 9.06, respectivamente, en la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, con el propósito de atemperar la misma, con las disposiciones de la presente Ley; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley