Radicada01/29/2026
Autor(es): Thomas Rivera Schatz
Co-Autor(es): Wilmer Reyes Berríos, Brenda Pérez Soto, Héctor J. Sánchez Álvarez, Luis D. Colón La Santa, Rafael Santos Ortiz
Título: Para enmendar el Articulo 1343 de la Ley Núm. 55-2020, según enmendada, conocida corno "Código Civil de Puerto Rico", a fin de disponer que el requisito de constar por escrito aplicará únicamente a los contratos de arrendamiento sobre bienes inmuebles cuyo término exceda de seis (6) años.
Radicada01/29/2026
Autor(es): Thomas Rivera Schatz
Título: Para enmendar el Artículo 1.033 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de aumentar de cinco (5) a diez (10) días la licencia especial con paga para Legisladores Municipales que sean empleados de entidades públicas, y aumentar de cinco (5) a diez (10) días la licencia especial sin paga; y para otros fines relacionados.
Radicada01/29/2026
Autor(es): Thomas Rivera Schatz
Título: Para añadir un nuevo inciso (v) y reenumerar los actuales incisos (v) y (w) como incisos (w) y (x) al Artículo 4 del Plan de Reorganización Núm. 4-1994, según enmendado; derogar el Artículo 13, y reenumerar los actuales Artículos 14 al 42 como Artículos 13 al 41 de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico”, a los fines de transferir al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico (DDEC) la responsabilidad de formular, revisar, implementar y administrar el Plan de Desarrollo Integral de Puerto Rico; transferir la Oficina del Comprehensive Economic Development Strategy de la Junta de Planificación al DDEC; establecer los parámetros y disposiciones de transición; y para otros fines relacionados.
Radicada01/29/2026
Autor(es): Thomas Rivera Schatz
Co-Autor(es): Wilmer Reyes Berríos, Rafael Santos Ortiz, Jeison Rosa Ramos, Luis D. Colón La Santa, Karen M. Román Rodríguez
Título: Para enmendar el inciso (i) del Artículo 3.06 y el Artículo 17.01 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, a los fines de disponer que será jurisdicción exclusiva del Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos (NTSP) reglamentar las escuelas que ofrezcan adiestramientos conducentes a la obtención de licencias de chofer, de conductor de vehículos pesados de motor y sus subdivisiones, y de conductor de tractor o remolcador con o sin arrastre o semiarrastre, o de cualquier otra categoría análoga que sea creada por el Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos; y para otros fines relacionados.
Radicada01/29/2026
Autor(es): Thomas Rivera Schatz
Título: Para enmendar los incisos (a) y (nn) del Artículo 2; y el inciso (c) del Artículo 39 de la Ley Núm. 109 de 28 de junio de 1962, según enmendada, conocida como “Ley de Servicio Público de Puerto Rico”, a los fines de modificar la aplicabilidad de la figura del porteador por contrato, y para otros fines relacionados.
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
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Ley
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