Radicada12/18/2025
Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú
Título: Para añadir un nuevo Artículo 20-B a la Ley Núm. 8 de 8 de enero de 2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, a los fines de establecer un mecanismo estatal para identificar, documentar y procesar reclamos tardíos o alternativos ante la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) por daños causados por el Huracán María y otros desastres declarados en instalaciones recreativas y deportivas; crear un fondo puente estatal para reparaciones urgentes en propiedades no cubiertas por fondos federales; requerir coordinación interagencial y informes periódicos; y para otros fines relacionados. E
Radicada12/23/2025
Autor(es): Gregorio Matías Rosario
Co-Autor(es): Karen M. Román Rodríguez, Marially González Huertas, Wanda Soto Tolentino, Héctor G. González López, Brenda Pérez Soto, Carmelo Ríos Santiago, Luis J. Hernández Ortiz, Wilmer Reyes Berríos, Luis D. Colón La Santa, Rafael Santos Ortiz
Título: Para enmendar el Articulo 1 de la Ley Núm. 263-1998, según enmendada, a fin de establecer que la concesión de becas por concepto del pago de matrícula al cónyuge supérstite, mientras se mantenga en estado de viudez, y a los hijos menores de veintiún (21) años; y a aquellos mayores hasta veinticinco (25) años, que estuvieren cursando estudios postsecundarios, de polidas estatales o municipales fallecidos, será en un cien por ciento (100%).
Radicada12/23/2025
Autor(es): Gregorio Matías Rosario
Co-Autor(es): Brenda Pérez Soto, Héctor J. Sánchez Álvarez, Rafael Santos Ortiz, Jeison Rosa Ramos, Jamie Barlucea Rodríguez, Héctor G. González López, Wilmer Reyes Berríos, Luis D. Colón La Santa, Luis J. Hernández Ortiz, Karen M. Román Rodríguez
Título: Para reenumerar el segundo inciso (64) como subinciso (65) y añadir un subinciso (69) al inciso (b) del Artículo 2.04 del Capítulo II de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a fin de disponer que el Secretario del Departamento de Educación velará por el fiel cumplimiento de las responsabilidades fijadas al referido Departamento mediante la Ley Núm. 163-2024, conocida como “Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista”; establecer un programa de capacitación masiva para padres, madres, tutores o encargados de personas con discapacidad que padezcan de Autismo o Trastornos del Espectro Autista (TEA), así como a estudiantes con esta discapacidad cuando ello resulte factible, a fin de brindarles talleres y actividades escolares sobre sus derechos relacionados con el Programa de Educación Especial, los recursos y servicios de educación especial para personas con Autismo o TEA a ser ofrecidos de conformidad con las leyes y reglamentos estatales y federales aplicables; determinar el proceso de querellas para atender controversias surgidas en cuanto a los servicios de educación especial, la jurisprudencia local y federal de educación especial que les resulte pertinente; proveer los contactos de personal escolar disponible para ofrecer orientación al respecto en el Departamento; y realizar correcciones técnicas.
Radicada12/23/2025
Autor(es): Gregorio Matías Rosario
Título: Para enmendar el Artículo 9.07 del Capítulo IX de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a fin de definir y prohibir expresamente la violencia escolar; hacer sus disposiciones extensivas a la violencia escolar; y proveer que además del personal escolar y los estudiantes de las escuelas públicas, los padres, tutores y encargados de estos últimos tengan la oportunidad de participar en programas, orientaciones, actividades y talleres de capacitación para adquirir conocimiento y herramientas sobre la política pública relativa a la violencia escolar y el hostigamiento e intimidación entre estudiantes o el personal escolar, abarcando las sanciones o medidas disciplinarias aplicables que conllevan dichos actos o conducta y la responsabilidad de todos estos al respecto.
Radicada12/23/2025
Autor(es): Gregorio Matías Rosario
Co-Autor(es): Rafael Santos Ortiz, Jeison Rosa Ramos, Luis D. Colón La Santa, Héctor J. Sánchez Álvarez, Wilmer Reyes Berríos
Título: Para añadir el subinciso (5) al inciso (C) y enmendar el inciso (D) del Artículo 24 de la Ley Núm. 42-2017, según enmendada, conocida como "Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigaci6n del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (Ley MEDICINAL)", a fin de aclarar prohibiciones con respecto a la utilización de cannabis medicinal para determinados empleados de transporte.
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley