Radicada10/13/2026
Autor(es): Héctor J. Sánchez Álvarez
Por Petición: Veteranos residentes del Distrito Senatorial de Carolina: Víctor M. Barreto, Gabriel García, Rubén Moreno, Abraham García, Carlos M. Barreto, Juan A. Troche, Carlos Rivera, José Concepción, José L. Orriola, Julio Maldonado, Roberto Colón, Nylsa Pacheco e Ileana Ramírez
Título: Para enmendar el subinciso (a) del inciso (C) del Artículo 4 de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como “Nueva Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, a los fines de disponer un ajuste anual por inflación de la deducción vitalicia sobre la contribución sobre ingresos que se concede a todo veterano, tomando como año base el año contributivo 2007; ordenar al Secretario de Hacienda notificar la cantidad ajustada aplicable a cada año contributivo; y para otros fines relacionados.
Radicada10/13/2026
Autor(es): Brenda Pérez Soto
Título: Para enmendar el inciso (C) del Artículo 11.04 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de disponer la suspensión obligatoria de la licencia de conducir por un término de diez (10) años cuando una violación de las obligaciones del conductor establecidas en la Carta de Derechos del Ciclista y Obligaciones del Conductor resulte en grave daño corporal o muerte de un ciclista; y para otros fines relacionados.
Radicada10/13/2026
Autor(es): Gregorio Matías Rosario
Título: Para enmendar y renumerar el Artículo 1.1 como Artículo 2; y renumerar los actuales Artículos 2, 3, 4, 5 y 6, respectivamente, como Artículos 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley Núm. 42-2015, según enmendada, a fin de garantizar el acceso a métodos de pago en efectivo en los eventos recreativos, torneos y competencias deportivas donde prevalece la participación de menores de edad, con el propósito de asegurar la accesibilidad a alimentos durante su celebración; y disponer reglamentación.
Radicada10/13/2026
Autor(es): Gregorio Matías Rosario
Título: Para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 127 de 27 de junio de 1958, según enmendada, la cual establece las pensiones por muerte en el cumplimiento del deber, a fin de que sus disposiciones apliquen si un funcionario se incapacita física o mentalmente para el servicio o muera durante el desempeño de sus funciones como consecuencia de una enfermedad adquirida en el ejercicio de su deber o producto de una pandemia, así declarada por el(la) Gobernador(a) de Puerto Rico o el Presidente de los Estados Unidos, al haberse contagiado mientras cumplía las obligaciones de su cargo.
Radicada10/14/2026
Autor(es): Gregorio Matías Rosario
Título: Para instituir un bono de reclutamiento de diez mil (10,000) dólares libres de impuestos, pagaderos a los cadetes de nuevo ingreso en la Policía de Puerto Rico, a los fines de que sirva de estímulo para promover que formen parte de la Policía; establecer el método y condiciones de pago; y enmendar el subinciso (34) del inciso (a) de la Sección 1031.02 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, con el fin de eximir el referido bono del pago de contribución sobre ingresos.
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
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Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
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